Vamos a detallarte como nadie ha hecho antes y desde principio a fin, cómo funcionan las oposiciones de Policía Local, Municipal o Guardia Urbana en Catalunya desde el minuto cero hasta que definitivamente consigues una plaza de funcionario.
Puedes tomártelo como un planning de desarrollo y estudio, para tener una base de cómo preparar oposiciones y conseguir una o varias plazas de policía local o guardia urbana o simplemente tenerlo como información de cómo funcionan este tipo de oposiciones realizado desde la experiencia y completamente actualizado.
Te mostramos el proceso de las oposiciones desde el momento de la publicación hasta que apruebas y firmas tu plaza de funcionario y consigues tu trabajo de Policía…Mucha suerte futuro policía!!:
Una observación:
[Las oposiciones de Mossos d’ Esquadra varían el orden de las pruebas, ya que suelen realizar los aptitudinales al principio junto al temario y los de personalidad como una de las últimas pruebas.En el resto de pasos, puede variar ligeramente el tipo de pruebas, pero tienen un desarrollo parecido].
Te detallamos las oposiciones de Mossos de Escuadra en esta otra página.
Índice de contenidos
Ser funcionario policial, pero de qué tipo?
Lo primero, debes saber qué tipo de funcionario aspiras a ser convirtiéndote en Policía Local o Guardia Urbana.
Para empezar, debes diferenciar el tipo de personal al cargo de un Ayuntamiento al que puedes pertenecer:
Puedes ser personal funcionario de carrera
- El nacimiento de la condición de funcionario se produce por un nombramiento de un órgano administrativo competente (el consejero competente en materia de función pública o el consejero en quien delegue), en virtud de su selección con criterios de objetividad y en función de los principios de igualdad, mérito y capacidad, mediante una convocatoria pública y tras superar una oposición, un concurso o un concurso oposición y, en su caso, los cursos de formación o la fase de prueba que determine la convocatoria.
O bien, personal funcionario interino
- Cabe destacar la transitoriedad del personal interino, que hace que no tenga carácter de permanencia, ya que cubre un puesto de trabajo reservado a un funcionario de carrera.
- Una de las principales características del personal funcionario interino es la temporalidad, dado que presta servicios con carácter transitorio; por tanto, sólo puede ser nombrado en los siguientes casos:
- para ocupar transitoriamente plazas que deben ser ocupadas definitivamente por funcionarios de carrera
- para realizar programas temporales urgentes o situaciones urgentes debidamente motivadas
- para ocupar puestos de trabajo en sustitución de funcionarios que gozan del derecho de reserva de plaza y de destino
- El EBEP dispone que las circunstancias que pueden dar lugar al nombramiento de personal interino son:
- la existencia de puestos vacantes cuando no sea posible su cobertura por un funcionario de carrera
- la sustitución transitoria de los titulares
- la ejecución de programas de carácter temporal
- el exceso o acumulación de tareas por un período máximo de seis meses, dentro de un período de doce meses El nacimiento del personal interino se produce por nombramiento por parte del órgano administrativo competente, al igual que en caso de los funcionarios.
El EBEP establece que el nombramiento del personal interino requiere un proceso selectivo regido por criterios de objetividad y sometido a los principios constitucionales de igualdad, mérito o capacidad, mediante una convocatoria pública. Sin embargo, la misma norma prevé también que excepcionalmente, por razones de urgencia apreciada por la Administración, se puede nombrar personal interino sin que haya que realizar una convocatoria pública.
El personal interino debe cumplir los mismos requisitos generales de titulación que los funcionarios y las demás condiciones necesarias para participar en el proceso de acceso al cuerpo o escala a que pertenece el puesto de trabajo que ocupa.
El tiempo de servicios prestados, la experiencia y la formación pueden ser valorados en la fase de concurso en los procesos selectivos siempre que sean adecuados a las funciones del cuerpo a la que corresponde la plaza convocada.
Podemos resumir las principales características y requisitos del personal funcionario interino en los siguientes:
-Está sujeto al derecho administrativo.
-Es necesario que exista la necesidad estricta de proveer un lugar de trabajo para garantizar el funcionamiento normal de los servicios.
-Es necesario que este sitio no pueda ser cubierto con urgencia por un funcionario de carrera.
-El aspirante debe reunir los requisitos de titulación y las demás condiciones exigidas para participar en el proceso de acceso al cuerpo o escala a que pertenece el lugar ocupado, y la titulación que disponga la relación de puestos de trabajo.
-La prestación de servicios no puede constituir un derecho preferente para acceder a la condición de funcionario.
-El tiempo de servicios prestados, la experiencia y la formación pueden ser valorados en la fase de concurso siempre que sean adecuados a los cuerpos o escalas de las plazas ocupadas.
-Se le aplica por analogía el régimen estatutario propio del personal funcionario, salvo las licencias para estudios, las licencias para asuntos propios y de otros derechos inherentes a la condición funcionarial (grado personal, situaciones administrativas, etc.).
La condición de interino se puede perder por los siguientes motivos:
- cuando la plaza a la que está adscrito el interino es ocupada por un funcionario de carrera
- por el transcurso del tiempo especificado en el nombramiento
- por revocación del nombramiento, acordada en expediente disciplinario
- cuando no se necesitan sus servicios (hay motivarlo)
- los supuestos de pérdida de la condición de funcionario, que son:
- por renuncia escrita
- por jubilación forzosa o voluntaria
- por incapacidad permanente, total, absoluta o gran invalidez
- por amortización del puesto de trabajo
- por separación del servicio
- por pena principal o accesoria de inhabilitación absoluta o especial perpetua para un cargo público
- por pérdida de la ciudadanía española o de un estado miembro de la Unión Europea o de un estado al que, en virtud de tratados internacionales suscritos por la Unión Europea y ratificados por el Estado español, es de aplicación la libre circulación de trabajadores, en su caso.
- por fallecimiento
Qué grupo de funcionario tiene un Policía Local?
Los funcionarios se agrupan por cuerpos en razón del carácter homogéneo de las funciones a realizar.
Dentro de los cuerpos, según la especialización de las funciones, pueden existir escalas.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 19 del Decreto Legislativo 1/1997, de 31 de octubre, los cuerpos de los funcionarios se agrupan, según el nivel de la titulación exigida para su ingreso, en los siguientes grupos:
- Grupo A: títulos de doctor, licenciado, ingeniero, arquitecto o equivalentes
- Grupo B: títulos de ingeniero técnico, de diplomado universitario de primer ciclo, de arquitecto técnico, de formación profesional de tercer grado o equivalentes
- Grupo C: títulos de bachillerato, de formación profesional de segundo grado o equivalentes
- Grupo D: títulos de graduado escolar, de formación profesional de primer grado o equivalentes
- Grupo E: certificado de escolaridad
Los cuerpos y escalas se clasifican, de acuerdo con la titulación exigida para acceder, en los siguientes subgrupos:
- Grupo A: dividido en dos subgrupos, A1 y A2. Para acceder a este grupo, hay la titulación universitaria de grado.
- Grupo B: hay la titulación de técnico superior.
- Grupo C: dividido en dos subgrupos, C1 (título de bachillerato o técnico) y C2 (título de graduado en educación secundaria obligatoria).
Esta nueva clasificación establecida por el EBEP provoca que, transitoriamente, los grupos de clasificación existentes en el momento de la entrada en vigor del EBEP se integren en los nuevos grupos con las siguientes equivalencias:
- funcionarios de cuerpos y escalas del grupo A: grupo A, subgrupo A1
- funcionarios de cuerpos y escalas del grupo B: grupo A, subgrupo A2
- funcionarios de cuerpos y escalas del grupo C: grupo C, subgrupo C1
- funcionarios de cuerpos y escalas del grupo D: grupo C, subgrupo C2 [ Aquí pertenece un Agente de la P. Local siempre que no pidan Bachillerato en las bases y/o convocatoria.]
- funcionarios de cuerpos y escalas del grupo E: agrupaciones profesionales
Esta equivalencia de naturaleza transitoria únicamente conlleva una adaptación en cuanto a las titulaciones exigibles para el acceso.
Incompatibilidades de los funcionarios y futuros Policías Locales y Guardia Urbana.
Cuando aspiramos a ser un futuro funcionario y a conseguir una plaza de policía local debemos tener claro el régimen de incompatibilidades que lleva implícito a la profesión.
Os dejamos la normativa que regula este aspecto del puesto de trabajo policial:
- Ley de Incompatibiliad del personal de las Administraciones Públicas.
- Ley de Incompatibilidad del personal de la Generalitat.
Jubilación de los funcionarios
En cuanto a la jubilación de los funcionarios, el Estatuto básico del empleado público distingue los siguientes tipos de jubilación:
- Jubilación forzosa: La jubilación forzosa se declarará de oficio cuando el funcionario cumple la edad determinada legalmente. El personal funcionario puede solicitar la prolongación de la permanencia en el servicio activo hasta, como máximo, los setenta años de edad. El órgano competente para declarar las jubilaciones debe resolver de manera expresa y motivada el otorgamiento o la denegación de la prolongación de la permanencia en el servicio activo, de acuerdo con alguna de las siguientes causas:
a) La aptitud para el desempeño de las tareas y funciones propias del puesto de trabajo que ocupa.
b) La conducta profesional, el rendimiento o el logro de objetivos.
c) Las circunstancias derivadas de la planificación y racionalización de los recursos humanos.
Asimismo, el órgano competente podrá resolver de forma motivada la finalización de la prolongación autorizado. Sin perjuicio de lo expuesto, también se otorga la prolongación de la permanencia en el servicio activo siempre que sea necesario completar el tiempo mínimo de servicios para causar derecho a la pensión de jubilación, de acuerdo con los requisitos y condiciones establecidos en el régimen de seguridad social aplicable. Esto no es aplicable a los funcionarios que tengan normas de jubilación específicas.
- Jubilación por incapacidad permanente: se declara de oficio o bien a petición del funcionario y previa instrucción del expediente correspondiente, cuando se encuentre en situación de incapacidad permanente para cumplir sus tareas o en un estado de inutilidad física o de debilitación de las facultades que le impida ejercer correctamente las funciones.
- Jubilación voluntaria: se declara a instancia del funcionario.
- Jubilación parcial: se declara a petición del funcionario y de acuerdo con la legislación de la Seguridad Social (no es de aplicación a la Generalitat mientras no se modifique la normativa vigente)
Excedencias de los funcionarios policiales
Primero hablamos de la excedencia voluntaria:
La excedencia voluntaria significa el cese temporal de la relación de trabajo, a petición del funcionario y sin derecho a percibir ningún tipo de retribución.
- Consideraciones generales
- Puede concederse a petición del funcionario y es necesaria la concurrencia de una serie de requisitos, según el tipo de excedencia voluntaria de que se trate.
- No se puede conceder a un funcionario que está sometido a un expediente disciplinario o pendiente del cumplimiento de una sanción, sin perjuicio de las particularidades que puedan establecerse por reglamento en los supuestos de excedencia por cuidado de un hijo y por incompatibilidades .
- El tiempo durante el cual se está en excedencia voluntaria no computa a efectos de trienios, grado y derechos pasivos, ni comporta reserva de plaza y de destino, excepto en el caso de la excedencia para cuidar de un hijo y para el cuidado de familiares.
- Clases de excedencia voluntaria. La excedencia voluntaria se concederá a petición del funcionario en los casos siguientes:
- excedencia voluntaria por un interés particular
- excedencia por cuidado de un hijo
- excedencia por cuidado de un familiar
- excedencia voluntaria para el mantenimiento de la convivencia
- excedencia voluntaria por violencia de género
- excedencia voluntaria por incompatibilidades
- excedencia voluntaria incentivada
- excedencia voluntaria con reserva de puesto de trabajo
Existen otras situaciones de excedencia y situaciones administrativas diferentes como pueden ser: Servicios especiales, servicios en otras administraciones, suspensión de ocupación, expectativa de destino y excedencia forzosa. Todas las tratamos en nuestro temario.
Permutas de personal que ya es funcionario.
En que consiste una permuta? Es una solicitud del personal funcionario de carrera en servicio en activo en otra administración de permutar con una funcionario de carrera en servicio en activo de otro Ayuntamiento o Administración.
Quién la puede pedir? Cualquier persona funcionario de carrera en servicio en activo en otra administración, con destino definitivo en aquella de un mínimo de dos años, que le falten más de tres años para su jubilación.
Cómo se puede hacer? Dependiendo del Ayuntamiento pero normalmente con una instancia, presencialmente o por correo administrativo aportando toda la documentación que acredite las condiciones que te exijan.
Aprende lo necesario de la jubilación voluntaria anticipada de la Policía Local haciendo click en el enlace.
A partir de AQUÍ te mostramos el desarrollo de una oposición desde su inicio hasta su final:
OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO DE LAS PLAZAS DE POLICÍA LOCAL
Lo que debemos esperar en primera instancia es que salga publicada la oferta de empleo público. En el BOE ( Boletín Oficial del Estado ) o en los boletines oficiales de las Comunidades y los Ayuntamientos podremos ver todas las oposiciones a las plazas de Policía Local que vayan convocándose.
BASES DE LA OPOSICIÓN DE POLICÍA LOCAL O GUARDIA URBANA
Después, lo más habitual es que la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento apruebe las bases donde se publiquen las oposiciones para las plazas de agente de la policía local de ese municipio.
En las bases de la oposición, aparecerán las características de las plazas, los requisitos que se tienen que cumplir, el sistema selectivo, las pruebas a superar y los detalles de las mismas, la puntuaciones, las exclusiones médicas, etc.
En las bases podrás comprobar si puedes o no presentarte a la oposición, planificar una estrategia para superarla y convertirte en policía local de un Ayuntamiento de Cataluña.
Debes encontrar una fórmula para saber en cada momento qué convocatorias están abiertas.
En nuestra web encontrarás un enlace directo a la diputación y en nuestro grupo de Facebook también podrás enterarte de todo.
CONVOCATORIA DE LA PRUEBA PARA SER POLICÍA
Habitualmente, primero se publican las bases y posteriormente las convocatorias. En ese momento se abre el plazo de inscripción para presentarse a la oposición y a las plazas convocadas.
Nos estamos encontrando que en 2015, 2016, 2017, 2018, 2019, 2020, 2021, 2022, 2023 y 2024 juntamente con las bases, se publican la convocatorias.
Las instancias deberán ser presentadas en el plazo de 20 días contando a partir del día siguiente de la publicación de la convocatoria en el BOP, DOGC o BOE.
REQUISITOS DE LOS OPOSITORES ASPIRANTES A UNA OPOSICIÓN A POLICÍA LOCAL DE CATALUNYA.
Antes de prepararos para una plaza de agente de Policía Local o Guardia Urbana de Catalunya, tenéis que estar seguros de cumplir los requisitos mínimos, es el primer paso para aprobar una oposición de un Ayuntamiento.
¿Quien puede presentarse a las oposiciones de Policías Locales de Catalunya ?. Consulta los requisitos para ser policía local.
Y recordad que se pueden presentar los opositores que reúnan estos requisitos con fecha límite de presentación de instancias y que se mantengan hasta que os nombren funcionario/a de carrera, ya queda menos para convertiros en agentes de policía!.
AHORA HAY QUE PRESENTAR LAS SOLICITUDES
Por suerte muchos Ayuntamientos pueden facilitar la posibilidad de entregarlas vía servicio web.
Si no os convence, siempre nos queda la fórmula de siempre, entregarlas en el mismo Ayuntamiento o en las oficinas de atención al ciudadano correspondientes que señalen las bases o la convocatoria.
Recordad que se tendrán que presentar en 20 días naturales desde el siguiente dia de la publicación de la convocatoria en el último boletín oficial.
Siempre acudiremos a las bases y a la convocatoria, pero normalmente estos son los documentos a presentar:
a) Un Currículum vitae, parece de poca importancia, pero muchas veces podemos ganar muchas opciones para conseguir nuestra plazas si llegamos al final de las pruebas.
b) Una fotocopia compulsada del DNI o pasaporte.
c) Una fotocopia compulsada del título exigido en la convocatoria.
d) Una fotocopia compulsada de la documentación que acredite el nivel B2 de catalán o superior.
e) Otra fotocopia compulsada del permiso de conducir clase B.
f) Una declaración jurada o promesa de llevar armas de fuego.
g) Declaración jurada o promesa del compromiso de mantener en vigor los permisos de conducir.
h) Y por último, la fotocopia compulsada del resguardo acreditativo del pago de los derechos de examen o documentación por el cual estés exento de los mismos.
i) En el caso de que hayas realizado el curso de ISPC, necesitarás una fotocopia compulsada de la documentación acreditativa de haberlo superado.
PAGO DE DERECHOS DE EXAMEN
Como decíamos antes, los derechos de exámenes hay que pagarlos sí o sí. Cada Ayuntamiento fija la cantidad que creen oportuna y no nos dejarán optar a las plazas sin abonarlos.
Pero hay casos en los que nos los podremos ahorrar, las personas que se encuentren en paro y que no tengan prestación económica de paro o solo reciben algún subsidio por desocupación.
Hay que tener cuidado porque es un motivo de exclusión que muchos no tenéis en cuenta.
LISTA DE PERSONAS ADMITIDAS Y EXCLUIDAS
Bueno, llegados hasta aquí, y si hemos hecho las cosas bien, nos queda esperar.
Una vez que finalice el periodo de presentación de solicitudes, en un plazo de 1 mes máximo, se aprobarán las listas de de aspirantes admitidos y excluidos. ( los publicarán en los tablones del Ayuntamiento ).
Después también nos darán 10 días para que las personas excluidas puedan hacer las reclamaciones oportunas.
Las alegaciones serán resueltas en el máximo de 30 días.
TRIBUNAL DE LAS PRUEBAS DE LA OPOSICIÓN DE POLICÍA LOCAL
A la vez que se publica la lista de admitidos y excluidos en la oposición, se anuncia la composición del tribunal y el día, hora y lugar donde se realiza la primera prueba, así como el orden de los aspirantes a las plazas.
Quién forma el tribunal?: No queremos aburrirte con normativa pero si tienes curiosidad en ver quién forma el tribunal, os dejamos los artículos por los que se rige la composición del mismo:
Se constituye en conformidad con dos artículos de los que os dejamos los enlaces por si queréis consultarlos. Aquí uno de estatuto básico del empleado público y el otro aquí del reglamento de promoción de policías locales.
DUDAS EN CALIFICACIÓN DE LOS EJERCICIOS.
La puntuación final será la que resulte de sumar las puntuaciones de todas pruebas de esta convocatoria.
Una de las preguntas más curiosas que recibimos de nuestros alumnos y opositores es qué sucede en caso de empate en la puntuación.
En caso de empate, el orden se determinará atendiendo que en primer lugar el opositor estará el que tenga la mayor nota de la fase de oposición. ( Es una situación que va a ser muy complicada que se pueda dar, pero siempre iremos a la convocatoria para asegurarnos de que la fórmula es la que os indicamos ).
Si sigue el empate, se facultaría al tribunal para realizar una entrevista o prueba aptitudinal que determinará al aspirante mejor capacitado.
RECURSOS
Ocasionalmente, y por desgracia, no siempre el desarrollo de las oposiciones a plazas de agente de la Policía Local o guardia urbana en Catalunya se ajustan al 100 % a los establecido.
En ese caso, siempre podremos tener nuestro derecho de reclamar nuestros derechos como opositores a esas plazas mediante el cauce legal establecido, muchos opositores y varios gabinetes de abogados se están especializando en impugnar bases para que se repitan los procesos selectivos, por lo que debemos estar muy atentos a que se cumpla la ley.
ANEXOS
Los anexos suelen colocarse al final de la convocatoria y/o las bases de las plazas convocadas y en ellos se suelen adjuntar las exclusiones médicas, las puntuaciones de las pruebas físicas, los méritos en caso de tratarse de un concurso oposición, los temarios de la prueba específica y todas las demás cuestiones que no hayan sido nombradas en el texto anterior del concurso/oposición libre o de la oposición libre.
PROCESO DE SELECCIÓN, COMIENZA LO BUENO
Por fin empieza lo que estábamos esperando.
Cuidado!: suelen dejar por escrito que los opositores a las plazas serán convocados y llamados para cada ejercicio únicamente una vez, si no te presentas, aunque sea causa de fuerza mayor en cualquiera de los ejercicios, quedarás excluido de la oposición.
En la web de los Ayuntamientos suelen estar expuestas las puntuaciones de los opositores, junto a la fecha, hora y lugar de la siguiente prueba o ejercicio.
Suelen utilizar el primer apellido para determinar el orden de actuación de los opositores.
El tribunal puede cambiar el orden de las pruebas y proponer realizar dos o más pruebas en un mismo dia, debemos estar atento a cualquier cambio.
FASE DE OPOSICIÓN.
Las pruebas de la fase de la oposición, serán obligatorias y eliminatorias.
Suelen diferenciar el proceso de selección en 3 fases diferentes:
- 1a fase de de oposición
- 2ª fase de capacitación y
- 3ª fase de prácticas en el Ayuntamiento.
Prueba de cultura general / prueba cultural.
Pues aquí estamos, vamos a demostrar nuestra preparación para sacar la mejor nota posible!.
Muchos no le dan la importancia suficiente a esta prueba, algunos piensan que con leer el periódico y ver la televisión es suficiente. Recordad que es una prueba que puntúa tanto como otras, que las plazas son limitadas y solo entran los más preparados, hemos de superarla y si podemos hemos de sacar la máxima nota posible para ir con ventaja con el resto de opositores.
Nosotros tenemos miles de preguntas de actualidad y esa es la mejor fórmula para llegar preparado, aunque no seas una persona que vea los telediarios, cuando repitas una y otra vez las preguntas oportunas, conseguirás mucho nivel y no te podrán sorprender con tanta facilidad. Hay que estar al día de la actualidad de Catalunya, de España e Internacional.
Pueden dividir esta prueba en dos fases:
La primera fase, suele tratarse de un test o cuestionario relativo a conocimientos de cultura general y actualidad política, cultural y social.
Generalmente suele durar un tiempo máximo de 1 hora y suelen restar las respuestas negativas, de forma general, cada respuesta negativa resta 1 tercio de cada positiva, pero puede variar en cada oposición. Suele estar puntuada de 0 a 10 puntos y para superarla hay que tener una mínima puntuación de 5 puntos.
La segunda fase, no tan común como la primera, es una prueba de expresión escrita.
Lo habitual es que se tenga que escoger entre 2 temas de actualidad socio política mundial.
Igual que el primero, la puntuación es de 0 a 10 con un mínimo de 5 puntos.
Importante: En esta segunda fase se suele valorar la redacción, la ortografía, la concreción y la claridad de exposición.
Más información sobre el test cultural.
Prueba de temario específico de policía local de Catalunya.
Esta prueba suele ser la que lleva más preparada los opositores que realmente aspiran una plaza por primera vez.
Es importante saber que se trata de un examen habitualmente tipo test y prepararse en base a ese formato.
Aquí deberemos responder un test o cuestionario de preguntas relacionadas con el temario específico de policía local de Catalunya que aparece en las bases y que suele ser común en la mayoría de oposiciones.
Habitualmente la prueba puntúa del 0 al 10 y suelen quedar excluidos los opositores que no lleguen al 5 y las respuestas negativas suelen restar un porcentaje de las acertadas.
Más información sobre el test del temario.
Supuestos prácticos / Caso práctico.
Últimamente, tanto en 2015, 2016, 2017, como en 2018, 2019, 2020, 2021, 2022, 2023 y 2024, hemos observado una cierta tendencia a incluir esta prueba en las oposiciones de agente de Policía, cuando antes era prácticamente una prueba únicamente utilizada en oposiciones de promoción interna.
Suele consistir en uno o más supuestos prácticos propuestos por el tribunal relacionados con las funciones de la Policía Local en un tiempo determinado.
Se suelen guardar la opción que en esta prueba escrita, los opositores puedan leer los ejercicios. En este caso la lectura será pública y una vez realizada, el tribunal puede pedir todas las aclaraciones que crea oportunas.
La valoración de esta prueba suele ser de de 0 a 10 puntos y tendría carácter eliminatorio para el opositor que no supere la puntuación de 5.
Más información sobre los supuestos y casos prácticos y de la policía local
Prueba de catalán.
Recordad que están exentos de la prueba los que presenten dentro del plazo de entrega de solicitudes tener el nivel B2 de catalán o superior.
Importante: También pueden quedar exentos los que hayan superado con anterioridad una prueba de catalán del nivel superior al solicitado presentando el documento correspondiente.
La prueba consiste en la realización de ejercicios de conocimientos de sintáctica y de compresión de lengua catalana y una entrevista con una persona experta para valorar los conocimientos orales.
Esta prueba se califica como apto o no apto.
Pruebas físicas.
Información importante: Antes de realizar esta prueba, los opositores deberán presentar un certificado médico oficial donde un colegiado certifique que reúnen las condiciones físicas para poder realizarlas.
Lo habitual es que sin el certificado quedéis excluidos de la oposición.
Se comprobará la talla de los opositores sin calzado, tened claro la altura mínima que exijan en la convocatoria.
Suele ser lo más habitual que las pruebas sean:
-Circuito de Agilidad.
-Velocidad. Suelen ser 50 metros, pero últimamente se dan casos de 40 metros y 60 metros.
-Resistencia: Test course navette.
-Salto horizontal.
-Salto vertical.
En estas pruebas físicas nos solemos encontrar con muchas diferencias entre oposición y oposición, por lo que deberemos repasar bien las bases para preparlas correctamente.
Las puntuaciones suelen estar diferenciadas entre sexo y edad.
Estas puntuaciones pueden ser valoradas en puntos o como Apto / No apto.
Psicotécnicos.
Estamos llegando al final de las pruebas y posiblemente queden pocos opositores para las plazas.
Después de la extensa experiencia que tenemos, podemos afirmar que estadísticamente, en estas pruebas suelen eliminar a la mitad de los opositores que hayan llegado hasta ese momento.
Con esto queremos decir que la gran mayoría de opositores a plazas de agente de Policía Local, no preparan como es debido esta prueba, pensando que respondiendo aleatoriamente no tendrán problema para superar esta prueba.
Este es uno de nuestro puntos fuertes y diferenciadores, entre otros, ya que tenemos acceso a la gran mayoría de test psicotécnicos presentados en la gran mayoría de oposiciones libres o concursos oposiciones de 2015, 2016, 2017, 2018, 2019, 2020, 2021, 2022, 2023 y 2024.
Como todo en la vida, con experiencia se puede superar y los test psicotécnicos no son una excepción, así que no os desesperéis si no sois capaces de superarlos por vuestra cuenta. Os podemos preparar también en esto. Estas pruebas suelen incluir pruebas de personalidad y pruebas aptitudinales referidas al puesto de policía local o guardia urbana. Suelen incluir la coletilla que dice que el Tribunal se podrá complementar esta prueba con una entrevista.
Pruebas aptitudinales: Realización de test que evalúan capacidades de los opositores. Suele puntuar del 0 al 10.
Pruebas de personalidad: Realización de cuestionarios de personalidad. Se evalúa como apto / no apto.
Pueden realizar una entrevista para corroborar los datos recabados en los test psicotécnicos y la calificación suele ser apto / no apto.
En esta página tienes más información sobre los test psicotécnicos, aptitudinales y de personalidad.
Entrevista personal.
Esta prueba puede realizarse o no, y es una entrevista que realizan los miembros del tribunal.
Puede ser eliminatoria y se suele puntuar de 0 a 10 puntos.
Si se trata de oposición libre, como por ejemplo las últimas pruebas de Guardia Urbana de Barcelona desde 2015 y 2016 hasta 2020, entre otras, pasarían automáticamente a las pruebas médicas los opositores con mejor puntuación.
Si se trata de un concurso-oposición, habitualmente, antes de las pruebas médicas, se valorarán las pruebas de la oposición junto a los méritos presentados por los opositores a las plazas.
Pruebas médicas.
Normalmente, se suelen enviar a los opositores, por lista de puntuación, a realizar pruebas médicas que determinen que tienen aptitudes físicas para realizar la funciones del trabajo de policia local.
Estas pruebas médicas irán destinadas a comprobar que no se detecta ninguna exclusión médica de las previstas en las bases y convocatoria.
El resultado será de apto / no apto.
FASE DE CONCURSO.
Hay que recordar que algunas oposiciones son mediante el sistema de oposición libre y otras son concurso-oposición, donde se valoran los méritos que detallen las bases y/o en las convocatorias.
Os damos un ejemplo de un Ayuntamiento de la provincia de Barcelona de un concurso oposición de 2018 como ejemplo, pero hemos de tener claro que, según la normativa, los baremos pueden variar según el Ayuntamiento entre unos mínimos y unos máximos. Podéis consultar la información y la normativa aquí.
Concretamente, el Artículo 24 detalla el sistema de calificación.
Recuerda que para tener una ventaja sobre el resto de opositores deberías conseguir cursos que dan puntos para oposiciones policia local.
Son .la respuesta a la típica pregunta de: que pasa si apruebas una oposicion y no tienes plaza. Has de conseguir mayor puntuación que el resto incluso después de los exámenes.
Vamos a utilizar estos baremos, como ejemplo para que tengáis una información orientativa:
Experiencia profesional:
-Haber trabajado en un cuerpo de seguridad como agente de policía en cualquier ayuntamiento con plaza en propiedad: 0,50 puntos por año trabajado. ( haber trabajado como interino es importante para estos méritos ).
-Haber trabajado en un cuerpo de seguridad como agente de policía en cualquier ayuntamiento con plaza interina: 0,20 puntos por año trabajado.
-Haber trabajado como vigilante municipal haciendo funciones detalladas en la ley 16/91: 0,10 por año trabajado.
La puntuación total de este apartado no puede sumar más de 2 puntos..
Títulos académicos.
– Bachillerato o equivalente, 0,50 puntos.
– Títulos universitarios de grado medio o equilvalente, 0,75 puntos.
– Títulos universitarios de grado superior o equivalente, 1 punto.valent, 1 punt.
La puntuación total de este apartado no podrá ser superior a 3 puntos.
Formación profesional:
– Cursos organizados por el l’Institut de Seguretat Pública de Catalunya, realizados con aprovechamiento:
Para cursos que duren menos de 25 horas puntos por curso.
Cursos de 25 a 40 horas, 0,40 puntos por curso.
Cursos de 41 a 100 horas, 0,60 puntos por curso.
Para cursos de mas de 100 horas, 0,80 puntos por curso.
– Cursos relacionados con la profesión:
Duración inferior a 25 horas: 0,10 puntos por curso.
Duración de 26 a 40 horas, 0,20 puntos por curso.
Duración de 41 a 100 horas, 0,30 puntos por curso.
Duración de más de 100 horas, 0,40 puntos por curso.
La puntuación total de este apartado no podrá superar los 3 puntos.
Lengua catalana
– Por poseer el nivel C o equivalente: 0,5 puntos.
– Por tener el nivel D, equivalente o superior: 1 punto.
Recompensas i distinciones.
-Se valoran las recompensas y distinciones de los cuerpos de policía local, Mossos de Escuadra y del resto de fuerzos y cuerpos de seguridad a razón de 0,20 cada una hasta un máximo de 1 punto.
La puntuación total de la fase del concurso no podrá superar los 10 puntos.
ISPC : Superación del curso de formación.
Felicidades a los que habéis llegado hasta aquí, a nuestros alumnos les decimos que nosotros ya hemos hecho todo lo posible para ayudarles a llegar a este momento.
Pero seamos honestos, a pesar de que posiblemente ya tengáis un porcentaje alto de la plaza de policía, os aseguramos que os queda un año muy complicado por delante, deberéis esforzaros para superar el curso.
Los opositores que hayan conseguido superar las pruebas, serán enviados a realizar un curso de aproximadamente 9 meses al Instituto de Seguridad Pública de Catalunya, excepto los que acrediten haberlo superado con anterioridad.
La superación de este curso será obligatorio y eliminatorio y la calificación será de apto / no apto y os aseguramos que este día será uno de los más felices de vuestras vidas.
Periodo de PRÁCTICAS en el municipio o ciudad.
Después de superar el curso del ISPC, se deberán realizar un periodo de prácticas de 12 meses en el municipio o ciudad, ahora si que os podemos decir que tenéis en vuestras manos el 90% como poco de vuestra plaza.
Estas prácticas son eliminatorias y obligatorias y suelen valorarse en base a los informes de diferentes mandos de la Policia Local o Guardia Urbana y la valoración será apto / no apto.
¿ Qué pasa después de aprobar una oposición de Policía Local?
Después de superar todas las pruebas llegan: La lista de aprobados, la propuesta de nombramiento y la toma de posesión.
Felicidades! ha sido un camino largo pero lo habéis conseguido, os lo merecéis!.
Cuando terminen todas las pruebas selectivas, el tribunal publica la lista por orden de puntuación y nombrará como funcionario/a de carrera a los aspirantes propuestos y el/la Alcalde/esa nombrará funcionarios de carrera a los aspirantes propuestos en el plazo legal de 1 mes.
El opositor deberá tomar posesión de la plaza en un plazo legal de 1 mes.
Aquí es cuando les pedimos a nuestros ex-alumnos que se acuerden de nosotros y nos escriban para compartir su alegría, ya sois Policías Locales en un municipio o ciudad!.
Cabe recordar que los Ayuntamientos se reservan algunas variaciones en las bases que será lo que estudiaremos en la personalización de la oposición en nuestro Curso.
Cuando tengas en propiedad tu plaza, será el momento en el que puedas decidir si quieres otra plaza para presentarte desde 0, conseguir una permuta en Catalunya con otro Agente de otro municipio o una comisión de servicio de la que te podemos hablar cuando quieras.
Y después de todo el proceso, podrás ser como este compañero que aparece en el vídeo, el cual te cuenta la experiencia de ser Guardia Urbano de Barcelona, esperamos que te sirva de motivación, mucha suerte!.
Vídeo sobre la Guardia Urbana de Barcelona, la Policía Local con más componentes de Catalunya
Si después de leer todas las fases de la oposición y de las pruebas quieres ser policía local o Guardia Urbana de un Ayuntamiento de Catalunya, y si cumples los requisitos para ser aspirante, no dudes más, contáctanos y permite que te ayudemos a conseguirlo!.
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Otra información que te pueda interesar:
Buenas tardes, es lo mismo la Guardia Urbana de Barcelona (GUB) que la Policía Local?
Gracias, yo quiero presentarme este año creo que van a salir muchas plazas.
Un saludo y felicidades por la página.
La Guardia Urbana (GUB) Y la Policía Local(PL) se encuentran dentro de la misma Ley Orgánica 16/91.
Puedes tener una plaza en propiedad de cualquier Guardia Urbana y permutar a cualquier Policía Local o viceversa.
Se llaman Guardia Urbana por historia y por tener un número de componentes en la plantilla, pero siguen siendo el mismo cuerpo de Policía Local o Policía Municipal.
En Catalunya varias Policías Locales adoptan la denominación de Guardia Urbana, como pueden ser las poblaciones de Tarragona, Reus, Hospitalet de Llobregat, Barcelona, Badalona, etc.
No tengas problema en preguntarnos cualquier duda ya que al principio son muy normales esas cuestiones.
Un saludo y a seguir preparándose.
Buenas noches, tengo una duda, aunque no tenga la ESO aprobada, ¿puedo presentarme a la guardia urbana de Barcelona o otra PL?
Hola Xavi, no te preocupes, que con el graduado escolar ya te puedes presentar.
Concretamente, en las bases actuales de las convocatorias a policías locales en Catalunya los textos son:
«Estar en posesión del título de graduado/da en educación secundaria, graduado/da escolar, técnico/a auxiliar correspondiente a ciclos formativos de
grado medio, técnico o técnica auxiliar correspondiente a formación profesional de primer grado u otro equivalente o superior.»
¡Muchos ánimos y a prepararse!